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domingo, 4 de octubre de 2009

Pleitos y Leguleyos.

Clic en la imagen para ver los documentos.

Día 24 de septiembre de 2004: Nos desplazamos, Montse y yo, al Juzgado de Paz de Zaidín para recoger la citación al Acto de Conciliación que se convoca para el día 6 de octubre de 2004. Este acto se propone para que los implicados en el expolio de la Iglesia, a cambio de sustanciosas remuneraciones en dinero, no me sigan denunciando por “calumnias y faltas al honor”.

Día 28 de septiembre: Nos presentamos en el despacho de nuestros abogados de Lleida, el Gabinete Revés y Costa, para notificarles la citación, proporcionarles elementos probatorios de la desfachatez de esos delincuentes que me denuncian y proponerles la estrategia que con Montse habíamos preparado para, no sólo no aceptar conciliatorio ninguno, sino girar la tortilla y volver el caso contra los que nos denuncian. (El borrador lo escribió Montse, si hay alguna dificultad en su lectura, el lector puede solicitarnos aclaración con total libertad).

Día 6 de octubre de 2004: Como es lógico y natural entre jueces, fiscales, políticos, obispos y abogados vendidos, mi abogado, Ignacio Costa, me aconsejó que no asistiera al acto ya que él se bastaba para resolverlo tal como habíamos hablado en su despacho. Tal como se ve en el Acta, que la Audiovisual Juez María Elena Marcén Maza tuvo que repetir por haberse confundido de términos, la posición que tomó nuestro abogado y la que le habíamos propuesto se parecieron como un ajo a una patata.

Día 11 de octubre de 2004: En vista de que mi abogado no me dice nada sobre la resolución del Acto de Conciliación, lo llamo por teléfono y me comunica que el ínclito abogado Emilio Rubio Carretón se personó con otro abogado que según su parecer debía ser de la DGA(*). Al preguntarle de qué se trató en ese contencioso, a lo que, con evasivas, me responde que es la juez la que ha de decidir ahora cómo prosiguen las diligencias. Pues estamos arreglados con aquella a quien se le atascan las cintas de vídeo y no es capaz de solucionarlo!

Para cambiar de conversación tratamos del pago de su minuta, las posibilidades son pagarle por meses o por años (menudas perspectivas tenía el señor letrado). Le comunico que ese asunto ya lo traté con su compañero de gabinete, Xavier Revés y Noriega, el día que me llevó a él el que fue Director del Banco Pastor de Lérida, Siro López Ruiz: El acuerdo consistía en hacer una provisión de fondos de 150.000 pesetas (901'52 euros) y otras 175.000 pesetas (1051'57 euros) a pagar en plazos mensuales con lo que sus servicios para resolver mis asuntos de la Finca, Cementerio e Iglesia quedarían cubiertos (esto sucedió el día 23 de septiembre de 1999).

Día 20 de octubre de 2004: Me llama una señora o señorita diciendo que habla en nombre de mi abogado, Ignacio Costa, y me comunica que deberé pagar 2.000 euros “en negro” como provisión de fondos y otros 150 mensuales “en blanco”. Le digo que, hasta la fecha, ya llevamos ingresados en ese gabinete de abogados más de 6.000 euros, cosa que sobrepasa el acuerdo inicial, pero que, vistas las necesidades de dinero que parecen tener, y como que de “negros y oscuros” ya conozco demasiados en entes políticos, eclesiásticos y judiciales, las cuentas las quiero claras y limpias y, por lo tanto, que los 2.000 euros me los giren por la entidad bancaria Ibercaja, igual que las cuotas mensuales.

Día 2 de noviembre de 2004: Recibimos la anhelada respuesta del Defensor del Pueblo Español, en la que, nuevamente, se lava las manos: sus atribuciones están limitadas a defender al ciudadano de los poderes ejecutivo y legislativo, pero no puede fiscalizar al Poder Judicial, aunque éste cometa arbitrariedades, porque ya se controla a sí mismo (sic!).

(*) DGA: Diputación General de Aragón, gobierno de esta Autonomía.

NOTA: Igual que criticamos los hechos y las personas que nos parecen incorrectos, debemos reconocer las actitudes de las personas que realizan su labor con corrección. Entre los actos que se han celebrado este fin de semana en Monzón (Legendaria) tuvo lugar la conferencia de José Antonio Adell, quien, ante el alcalde de Monzón y otros personajes y personajillos oficiales, denunció los hechos acaecidos con los “muertos del vertedero” y pidió que se iniciaran las acciones para solucionar tal “barbaridad”. Nuestro saludo y agradecimiento al señor Adell y a su valentía.

martes, 29 de septiembre de 2009

Más Burlas en Monzón

Aparece hoy en la sección de cultura del Diario del Alto Aragón la noticia: "Monzón será el fin de semana una ciudad Templaria con Legendaria".


Ya no se trata sólo de representaciones de teatro, sino una burla con un JUEGO DE ROL:
"Cada persona representa un personaje real y sabe lo que tiene que hacer".

¿Quien representa a los muertos del vertedero?

El patrocinio corre a cargo del Ignominioso Ayuntamiento de Monzón, la Comarca del Cinca Medio y dos empresas privadas. Lo dicho en algún comentario anterior: La historia de los Nobles Caballeros del Templo de Jerusalén convertida en un negocio turístico basado en el teatro y la burla y sin que se dedique ni un solo céntimo de lo que se ingrese a la recuperación de la dignidad y el honor de aquellos que fueron desenterrados violentamente, expoliados y luego tirados, junto con los escombros, al vertedero de Belver de los Horrores. Todo ello con el silencio eclesiástico, político y muy especialmente judicial de Aragón, de España y del Vaticano.

En el intermedio, el sábado a las 7:30 h. José Antonio Adell dará la charla "La caída de los Templarios". Será bueno comprobar si, tal como me dice que últimamente hace, explica los sucesos de Belver y el paradero actual de los últimos Templarios de la Corona Catalano-Aragonesa.

El acto terminará el domingo con una "comida de hermandad" o sea, con una pesebrada.

El guión, según la noticia, lo han escrito los organizadores (Darío Español dixit) pero por lo que yo sé, no han venido a consultar ninguna documentación al Fondo Documental Fox-Robrenyo por lo que se tratará de una mera ficción sin rigor histórico, es decir, una burla.

miércoles, 16 de septiembre de 2009

Insultos y amenazas

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Como ya comenté en el post anterior, el día 28 de julio de 2004 comencé a tomar nota de las llamadas telefónicas anónimas y de contenido amenazador o intimidatorio que recibíamos tanto mi compañera Montserrat Robreño como yo.

Tal como ya había hecho la que sería mi esposa, el día 26 de agosto de 2004 presentamos denuncia ante el cuartel de la Guardia Civil de Belver por una nueva llamada amenazante.

El día 16 de septiembre de 2004, un “llamador anónimo” cometió el error de dejar grabado en el contestador automático de mi teléfono su mensaje insultante. Junto con el mensaje, quedó tambien grabado el número de teléfono desde el que se realizó la llamada. Inmediatamente acudimos a la Guardia Civil que pudo comprobar el contenido del mensaje y su origen.

Dado que la denuncia se pudo concretar en una persona, se inició el proceso judicial.

El día 22 de septiembre de 2004, una vez conocido el propietario del teléfono desde el que fui insultado, nos volvimos a dirigir al Defensor del Pueblo para recordarle que habíamos solicitado su amparo y aportándole las novedades del caso. Su perspicaz respuesta se la puede imaginar el lector, pero de todas maneras, la aportaré en un próximo artículo.

Día 21 de abril de 2005: Se celebra el Juicio de Faltas en el que comparezco como denunciante. El denunciado, José Basols Saila, se declara inocente.

Día 26 de abril de 2005: El juez sustituto Francisco de Asís González Campo, todo un adalid de la libertad, considera NO PROBADO que el denunciado hiciese la llamada y, por el inquebrantable principio de la presunción de inocencia (que se aplica a casi todos, con alguna excepción como la mía, ya que a fecha de hoy aún existen acusaciones no probadas contra mí) “Debe absolver y Absuelve” al denunciado.

CONSIDERANDO que el teléfono desde el que se realizó la llamada es de un particular (el denunciado)

CONSIDERANDO que dicho teléfono se encuentra en una vivienda particular a la que sólo acceden el denunciado, su familia y allegados.

CONSIDERANDO que no se nos ha informado de ninguna denuncia realizada por el denunciado sobre un presunto allanamiento de su morada

DEBEMOS SUPONER Y SUPONEMOS que un malhechor de los que me acusan de sus delitos, forzando la entrada de la vivienda con habilidad suficiente para no dejar huellas ni marcas, penetró en ella sin conocimiento de ninguno de sus habitantes y se arriesgó a ser pillado “in fraganti” en ese lugar con el único propósito de hacer una breve llamada telefónica insultándome.

En qué país vivimos!!!